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MEM publica reglamento a la Ley de Apoyo Temporal a los Consumidores de Gas Propano

Alberto Pimentel Mata, Ministro de Energía y Minas, informó que el Acuerdo Gubernativo 223-2021 Reglamento de la Ley de Apoyo Temporal a los Consumidores de Gas Propano fue publicado este lunes y entrará en vigencia el próximo 1 de diciembre.

El ministro destacó que el Decreto 15-2021 Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, fue aprobada por el Congreso de la República como respuesta a una iniciativa que parte del Organismo Ejecutivo que busca trasladar un apoyo económico temporal a los consumidores de gas propano o Gas Licuado de Petróleo (GLP).

“Con el reglamento lo que hacemos es establecer la operatividad del apoyo temporal. En el articulado se establecen los requisitos que deben cumplir las empresas envasadoras para recibir el apoyo temporal que deberán trasladar a los consumidores”, declaró el Ministro.

Explicó que se les exigirá a las empresas que cuenten con la licencia para realizar la actividad de expendio de GLP vigente a partir del 31 de octubre de 2021 y la misma debe estar suspendida por ninguna razón.

El aporte del apoyo social temporal se fijó en Q0.80 por cada libra, eso significa que para el cilindro con capacidad de 10 libras, serán Q8.00 de descuento; para el de 20 libras, Q16.00; 25 libras, Q20.00, y para el de 35 libras, Q28.00.

“La vigencia de acuerdo se fijó para el 1 de diciembre y por lo tanto hay que recordar a la población que será a partir de ese día que podrán contar con ese descuento”, apuntó el Ministro.

Pimentel Mata concluyó que “es de suma importancia recordarles a los consumidores la obligación que tiene la empresa envasadora de emitir la factura electrónica ya que de otra forma no podrán obtener el descuento que otorga el Gobierno”.

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