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MEM reforma Reglamento General de la Ley del Alcohol Carburante

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) mediante el Acuerdo Gubernativo Número 101-2024 reformó el Reglamento General de la Ley del Alcohol Carburante específicamente en la parte que habla sobre la implementación.

La reforma al reglamento es sobre dos artículos el 38 que entre otras cosas señala que el MEM deberá crear el Departamento encargado de la aplicación del reglamento cinco días después de la entrada en vigencia del mismo.

Asimismo, el Ministerio deberá, en tres meses a partir de la vigencia del reglamento, mediante Acuerdo Ministerial y agotado el procedimiento establecido para el efecto, establecer los porcentajes de alcohol carburante en la mezcla de acuerdo a lo estipulado en el reglamento.

La cartera también deberá realizar las gestiones correspondientes para dotar al Departamento de los recursos humanos y financiero para su funcionamiento.

También se reformó el artículo 40 del reglamento que señala que para la debida aplicación del presente Reglamento y la Ley, el procedimiento establecido en el Capítulo III del mismo deberá ser llevado a cabo por el MEM por primera vez, en el mis de mayo de 2025 y en consecuencia la obligación de la aplicación de la mezcla será a partir del 1 de enero de 2026.

09-07-2024-DCA-LEGAL-2

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