El Organismo Ejecutivo sancionó el Decreto 15-2021, Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, el cual fue publicado este jueves en el Diario de Centro América, beneficiando con esta disposición a más de dos millones de familias durante los próximos tres meses.
El decreto en mención autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Energía y Minas (MEM), otorgue un apoyo social temporal a los consumidores de Gas Licuado de Petróleo (GLP), mejor conocido como gas propano, específicamene para los productos envasados en cilindros de 10, 20, 25 y 35 libras.
Asimismo, el apoyo social será entregado de la siguiente manera:
Capacidad |
Monto |
10 libras |
Q8.00 |
20 libras |
Q16.00 |
25 libras |
Q20.00 |
35 libras |
Q28.00 |
La ley precisa que, la disminución del monto correspondiente al subsidio en el precio final de venta, deberá aparecer reflejado en la factura electrónica que emitan los envasadores de GLP en cilindros.
No se aceptarán las facturas electrónicas emitidas a favor de consumidor final, por lo que deberá consignarse el Número de Identificación Tributaria (NIT) y ante la ausencia de este, podrá consignarse el Código Único de Identificación (CUI) del Documento Personal de Identificación (DPI) del adquirente cuando sea una sola unidad vendida.
La factura debe detallar la venta de GLP por cilindros de las diferentes capacidades que se comercializan y los titulares de la licencia de envasado deberán reflejar la disminución del monto correspondiente al apoyo social temporal en el precio de venta al expendio.
El Ministerio de Finanzas Públicas hará las readecuaciones presupuestarias hasta por un monto de Q150 millones, para cumplir con la nueva disposición.