MEM

Inicia preparación para el proceso de consulta por el derecho minero Progreso VII Derivada

Los actores gubernamentales incluidos en la sentencia emitida por la Corte de Constitucionalidad (CC) el 11 de junio del 2020, expedientes acumulados 3207-2016 y 3344-2016, se preparan para llevar a cabo el proceso de consulta al pueblo indígena maya kaqchikel, situado en los municipios de San José del Golfo y San Pedro Ayampuc del departamento de Guatemala, informó el viceministro Oscar Rafael Pérez Ramírez, encargado del vicedespacho de Desarrollo Sostenible en el Ministerio de Energía y Minas (MEM)

Al encuentro convocado y liderado por el MEM, acudieron miembros del Ministerio de Cultura, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), más la presencia de José Rocael Chamalé Enríquez, alcalde de la Municipalidad de San José del Golfo; el concejal José Isabel Muralles Oliva, de la Municipalidad de San Pedro Ayampuc; así como un representante de la Gobernación Departamental de Guatemala.

El Viceministro informó, al finalizar la actividad que dos acciones de seguimiento fueron acordadas este día y, que se prevé con el MARN la revisión de la información ambiental que consta en los expedientes que actualmente se tienen en ambas instituciones.

Con el Ministerio de Cultura y el Concejo Municipal de San Pedro Ayampuc, están previstos encuentros de seguimiento, esto con el objetivo de establecer la mejor forma de acercamiento y asegurar la participación de los representantes de las comunidades indígenas que deberán ser convocados en el momento oportuno del proceso de consulta.

Antecedentes

El 28 de agosto de 2014 se interpuso una Acción Constitucional de Amparo en la Corte Suprema de Justicia por parte del Centro de Atención Legal y Ambiental y Social de Guatemala –CALAS-, cuyo acto reclamado es el otorgamiento de la licencia de explotación minera denominada “Progreso VII Derivada” sin haber realizado el procedimiento de consulta de las comunidades indígenas afectadas según el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Dicha licencia se emitió a favor de la entidad Exploraciones Mineras de Guatemala, S.A., mediante la resolución 3394 de fecha 30 de septiembre de 2011 dentro del expediente LEXT-054-08.

El Amparo Provisional se concedió en resolución de fecha 11 de noviembre del 2015 y dejó en suspenso la resolución del MEM que otorgaba la licencia de explotación minera.  Por su parte, la Corte Suprema de Justicia emitió la sentencia en primer grado el 28 de junio de 2016, expediente 1592-2014.

Las partes apelaron ante la CC la sentencia emitida en primer grado y se emite la resolución definitiva el 11 de junio del 2020, expedientes acumulados 3207-2016 y 3344-2016.  Actualmente, se encuentra pendiente la resolución de algunas diligencias pendientes, por parte de las cortes del país, previo a que se notifique la ejecutoria de la sentencia.

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