El Ministerio de Energía y Minas otorgó Autorización Definitiva para el Uso de Bienes de Dominio Público a la entidad Oxec, Sociedad Anónima mediante del Acuerdo Ministerial Número 260-2013, con una capacidad instalada de 25.5 MW, publicado el 29 de agosto del año 2013 en el Diario Oficial de Centro América; y a la entidad Oxec II, Sociedad Anónima con una capacidad instalada de 45 MW, por medio de Acuerdo Ministerial 27-2015 publicado el 05 de marzo de 2015 en el Diario Oficial de Centroamérica, ambos proyectos ubicados en el municipio de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz. Actualmente, los proyectos están en su fase de operación de conformidad con lo que establece la Ley General de Electricidad, Decreto No. 93-96 del Congreso de la República de Guatemala.
En 2015, se presentó una acción constitucional de amparo ante la Corte Suprema de Justicia denunciando al MEM, «” B) Acto reclamado: la autorización por parte del Ministro cuestionado de las licencias para la concesión de bienes de dominio público sobre los Ríos Oxec y Cahabón, para la implementación de los Proyectos Hidroeléctricos Oxec y Oxec II, en el municipio de Santa María Cahabón, Alta Verapaz, sin consultar a la comunidad indígena Q’eqchi´”»
La sentencia estableció en su parte resolutiva: “a) se ordena al Ministro de Energía y Minas, realizar la consulta establecida en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, según las pautas descritas en la presente sentencia; para el efecto, concedio el plazo de doce meses, contando a partir de que adquiera firmeza el fallo, lapso durante el cual podrán continuar sus operaciones las hidroeléctricas Oxec y Oxec II”.
El Ministerio de Energía y Minas luego de ser notificado sobre la firmeza del fallo, el Despacho Superior designó al Viceministerio de Desarrollo Sostenible como el responsable de coordinar las gestiones administrativas internas y externas para implementar las acciones relacionadas al proceso de consulta, en cumplimiento de lo establecido en el capítulo de -XII- “Pautas para realizar toda consulta a pueblos indígenas en Guatemala”, de la referida sentencia.
El equipo técnico, como resultado de la revisión y análisis de las pautas establecidas en la sentencia, definió una propuesta metodológica para la implementación de la consulta, que incorporo los elementos indicados en la referida sentencia,
En concordancia con los estándares internacionales sobre el Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales. La propuesta consistió en cinco fases, que a continuación se listan:
El MEM convocó a las personas e instituciones indicadas en la sentencia, con el objeto de que las mismas, designarán a dos representantes titulares y dos suplentes
Paralelo, se realizaron reuniones con la Gobernación Departamental de Alta Verapaz y Municipalidad de Santa María Cahabón, A. V.; a la vez, con los representantes de las instituciones referidas en la resolución de mérito, donde se informó sobre los lineamientos indicados por la Corte de Constitucionalidad para el desarrollo de la consulta con las comunidades del área de influencia. De esa cuenta, se reiteró la solicitud para la designación de los titulares y suplentes para participar en el evento de pre-consulta.
Acreditados los titulares y suplentes, el Ministerio de Energía y Minas, convocó oficialmente al evento de pre-consulta, en donde se constituyó oficialmente la Mesa de Preconsulta integradas por representantes de las entidades del Ministerio de Energía y Minas como el ente encargado de coordinar y liderar el proceso de pre-consulta y consulta, también asistieron del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Ministerio de Cultura y Deportes, Concejo Municipal de Santa María Cahabón, Consejos Comunitarios de Desarrollo del área de influencia de los proyectos hidroeléctricos Oxec y Oxec II, Procuraduría de los Derechos Humanos, Universidad San Carlos de Guatemala, Universidades Privadas, entidades Oxec, Sociedad Anónima y Oxec II, Sociedad Anónima, Academia de Lenguas Mayas de Guatemala esta última con el propósito de asegurar la debida traducción a los mayahablantes.
En el evento de pre-consulta, el Viceministro de Desarrollo Sostenible presentó a detalle la propuesta del Plan y Metodología para el desarrollo de la consulta, con las comunidades del área de influencia, entre ellas: Salac I, Seasir, La Escopeta, Sacta Sector 8, Chacalté, Pequixul, Pulicibic, Las Tres Cruces El Mirador, Sepoc, Sacta, y Secatalca´b, todas radicadas en el municipio de Santa María Cahabón, Alta Verapaz.
En octubre de 2017, la consulta inició con el desarrollo de la fase de generación de confianza. De esa cuenta, autoridades, líderes y líderesas de las comunidades antes referidas, participaron en reuniones de trabajo donde el equipo técnico del Viceministerio de Desarrollo Sostenible del Ministerio de Energía y Minas, facilitó la presentación del plan y metodología para la realización de la consulta, aprobada por la mesa de pre-consulta.
Como resultado de estas reuniones, las comunidades celebraron Asambleas Comunitarias Generales para organizar sus comisiones; posteriormente, entregaron al representante del Ministerio de Energía y Minas copia simple del acta suscrita en los libros de los Consejos Comunitarios de Desarrollo -COCODE- o bien de las Juntas Directivas, a partir de ello, se constituyeron las Comisiones de Interlocución integradas por representantes de las diferentes organizaciones comunitarias, así como líderes y líderesas reconocidos por la comunidad.
Las Comisiones de Interlocución participaron en el desarrollo de las diferentes actividades de cada una de las fases, entre ellas: 1. Traslado de información. 2. Evaluación de la información. 3. Diálogo y acuerdos.
En octubre de 2017, la Comisión de Interlocución de cada una de las comunidades en representación de las mismas, participaron en la exposición y traslado de la información referente a los procesos en sus diferentes etapas para la construcción, instalación y operación de los proyectos hidroeléctricos Oxec y Oxec II.
La información fue presentada por las instituciones rectoras desde el marco de competencia y funciones, entre ellas: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales en cuanto al proceso administrativo derivado de la aprobación de los instrumentos ambientales, así como del cumplimiento de los compromisos ambientales, adquiridos por las entidades desarrolladoras de los proyectos en mención.
El Ministerio de Energía y Minas presentó lo relacionado a la gestión administrativa, técnica, legal para la Autorización de Uso de Bienes de Dominio Público para la operación de las centrales generadoras Oxec y Oxec II, con base al cumplimiento de la regulación de lo establecido en ley a nivel nacional. Seguidamente, las entidades Oxec, S. A. y Oxec II, S. A. presentó información legal, técnica, ambiental, y social a partir de la construcción y funcionamiento de las hidroeléctricas en el municipio de Santa María Cahabón, en cumplimiento de lo que establece la ley nacional.
El Viceministerio de Desarrollo Sostenible del Ministerio de Energía y Minas, en respuesta a la solicitud de las Comisiones de Interlocución de Caserío Sacta Sector 8, La Escopeta y Aldeas Salac I y Sacta, facilitó información referente a los proyectos en cada una de las mismas, como parte de la fase del traslado de información, por medio de Asambleas Comunitarias Generales que fueron convocadas por las autoridades y líderes comunitarios.
En esta oportunidad, las autoridades y vecinos de las comunidades, manifestaron su satisfacción ante la presencia del Ministerio de Energía y Minas en las comunidades, pues en opinión de ellos, muestra que los proyectos hidroeléctricos funcionan en el área, con base a lo que establecen las instituciones encargadas de velar por que se cumpla lo que la ley solicita para la operación de dichos proyectos.
Al concluir la fase de traslado y presentación de información, las Comisiones de Interlocución en conjunto con algunos miembros del Consejo Comunitario de Desarrollo -COCODE- y de las Juntas Directivas de las comunidades del área de influencia, organizaron Asambleas Comunitarias Generales de vecinos; así como reuniones con otros liderazgos para analizar y evaluar la información presentada por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y el Ministerio de Energía y Minas.
En el mes de noviembre, las Comisiones de Interlocución presentaron y entregaron las actas suscritas, como resultado de la evaluación de la información. Dentro de lo manifiesto por las comunidades, lo siguiente: 1. Las comunidades están de acuerdo con el funcionamiento de los proyectos hidroeléctricos, porque no están causando problemas. 2. Que las empresas han colaborado con el aporte económico voluntario a las comunidades para el desarrollo de proyectos en sus comunidades. 3. Que se respeten los convenios entre empresa y comunidades. 4. Las comunidades desean vivir en paz y armonía. 5. Que el Ministerio de Energía y Minas y la entidad de Derechos Humanos cumplan en velar por el respeto de los derechos como pueblos indígenas, así como el respecto de la dignidad de las personas. Las copias de actas fueron entregadas al Despacho Superior para informar sobre los resultados de la evaluación de la información por parte de las comunidades. Con ello, procedieron a la elaboración de la propuesta de acuerdos entre Ministerio de Energía y Minas, Comunidades del área de influencia y entidades Oxec, S. A. y Oxec II, S. A.
El Ministro de Energía y Minas y Viceministro de Desarrollo Sostenible presentaron a las Comisiones de Interlocución en representación de las comunidades del área de influencia, así como a otros líderes y lideresas, las propuesta de acuerdos contenido en el documento denominado “Acuerdos por la Paz y el Desarrollo Sostenible de las Comunidades del Área de Influencia de los Proyectos Hidroeléctricos Oxec y Oxec II”. Como resultado de ello, los acuerdos fueron aceptados y firmados entre Ministerio de Energía y Minas, Comunidades del área de influencia y las entidades Oxec, Sociedad Anónima y Oxec II, Sociedad Anónima, concluyendo el proceso de consulta ordenado por la Corte de Constitucionalidad con base al expediente 90-2017, 91-2017 y 92-2017.
En diciembre de 2017, el Ministerio de Energía y Minas entregó a la Corte de Constitucionalidad el informe con los resultados del proceso de Consulta a Pueblos Indígenas y Tribales del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, en observancia de las pautas y lineamientos que ordenó para su cumplimiento.
Actualizado 14 de Julio 2023
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