Publican reglamento de la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano

Este miércoles fue publicado en el Diario de Centro América el reglamento de la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano que entrará en vigencia el 1 de octubre próximo y con ello, se inicia la entrega del aporte para ayudar a la economía de los guatemaltecos.

El reglamento publicado mediante el Acuerdo Gubernativo 242-2022 fue firmado por el Presidente Alejandro Giammattei y los ministros Alberto Pimentel Mata, titular de Energía y Minas y Janio Rosales Alegría, de Economía.

El documento señala que los envasadores de Gas Licuado de Petróleo, mejor conocido como gas propano en cilindros, que opten al apoyo social temporal deben contar con licencia vigente con fecha anterior al 31 de agosto de 2022, la cual no debe estar suspendida.

Los envasadores deben estar afiliados al régimen de factura electrónica e incluir en la descripción del documento tributario electrónico el código que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) le proporcionará para reflejar en el precio final de venta.

La Ley de Apoyo Social Temporal establece que el Gobierno, a través del Ministerio de Energía y Minas (MEM), otorgará un aporte a los consumidores de gas propano de Q0.80 por libra y se aplicará particularmente en los cilindros de 10, 20, 25 y 35 libras.

Fiscalización

Para asegurar la implementación del apoyo social temporal el MEM a través de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), el Ministerio de Economía a través de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) y la SAT verificarán en el ámbito de su competencia el traslado del beneficio a los consumidores.

El MEM, por medio de la DGH, elaborará el programa de fiscalización y control correspondiente a los envasadores de Gas Licuado de Petróleo, así como de los expendios a verificar.

Tanto para las verificaciones de oficio como para las denuncias que se reciban relacionadas al incumplimiento de la Ley la Diaco procederá a la verificación correspondiente.

En reglamento establece en su artículo 8 que la vigencia del mismo comenzará el 1 de octubre por lo que el apoyo social temporal culminará el último día de noviembre de este año.

Acuerdo-Gubernativo-242-2022

DESCARGAR