La medicina nuclear utiliza radionucleidos en medicina para el diagnóstico, la estadificación de enfermedades, la terapia y la monitorización de la respuesta de un proceso de enfermedad. También se usa en las ciencias básicas, como la biología, el descubrimiento de fármacos y la medicina preclínica.
La medicina nuclear se describe por tres elementos: el problema clínico, el radiofármaco y la instrumentación. Dado que la medicina nuclear implica la exposición de pacientes, se deben aplicar los principios generales de protección radiológica.
Existen siguientes situaciones relativas a la capacitación de las personas en protección radiológica:
1. Personas que laboran en una instalación que posee Encargado de Protección Radiológica (EPR) derivado del Tipo de Práctica que realiza, en este caso el Titular de Licencia tiene la responsabilidad sobre la capacitación de su Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) y puede optar por las siguientes modalidades: 1.1. Capacitación interna: Deberá solicitar autorización de curso básico o de actualización, específico para la Práctica a la DGE, siguiendo lo indicado en la GUÍA DE CURSOS, con la finalidad de que el EPR coordine, imparta o participe de la capacitación para los trabajadores de la instalación. 1.2. Capacitación externa: Puede hacer uso de los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o de las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
2. Personas que laboran en una instalación que “NO” posee EPR, derivado del Tipo de Práctica que realiza, en este caso el Titular de Licencia tiene la responsabilidad sobre la capacitación de su Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) y puede optar por las siguientes modalidades:
2.1. Capacitación interna: Deberá solicitar autorización de curso básico o de actualización, específico para la Práctica, a la DGE, siguiendo lo indicado en la GUÍA DE CURSOS, con la finalidad de que la capacitación sea realizada para los trabajadores de la instalación.
2.2. Capacitación externa: Puede hacer uso de los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o de las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
3. Para las instalaciones que se encuentran en proceso de Licenciamiento, la persona que fungirá como Titular de Licencia tendrá la responsabilidad sobre la capacitación de su Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) y puede optar por las siguientes modalidades:
3.1. Capacitación interna: Deberá solicitar autorización de curso básico o de actualización, específico para la Práctica a la DGE, siguiendo lo indicado en la GUÍA DE CURSOS, con la finalidad de que el EPR coordine, imparta o participe de la capacitación para los trabajadores de la instalación.
3.2. Capacitación externa: Puede hacer uso de los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o de las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
4. Las personas que “NO” están laborando para ninguna instalación, pueden optar por la opción de tomar los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
Recursos y aprendizaje para Profesionales de la Salud
Posters – Recomendaciones para la protección radiológica de pacientes
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