La radiología utiliza técnicas tales como imágenes por rayos X para detectar y diagnosticar enfermedades y lesiones, gestionar la atención del paciente y guiar muchas formas de tratamiento médico.
Las imágenes en la radiografía se crean al pasar un haz de rayos X a través de una sección del cuerpo de un paciente. Se graban en película o en alguna forma de medios digitales. En general, las imágenes grabadas en película se ven como transparencias en una ventana iluminada o en un iluminador y las imágenes digitales se visualizan en pantallas de computadora.
Es importante reconocer que los principales factores de la formación de la imagen y la exposición de la radiación a los pacientes no están determinados por el tipo de radiografía (película o digital) sino por la selección de las características del sistema de imagen y los factores de operación para cada procedimiento clínico.
Debido a que los rayos X involucran radiación ionizante que puede depositar energía en las células humanas y causar cambios en los tejidos, es importante minimizar cualquier riesgo asociado para el paciente. Esto se hace limitando la exposición a la radiación al mínimo requerido para crear las imágenes clínicas necesarias para proveer información médica oportuna.
Existen siguientes situaciones relativas a la capacitación de las personas en protección radiológica:
1. Personas que laboran en una instalación que posee Encargado de Protección Radiológica (EPR) derivado del Tipo de Práctica que realiza, en este caso el Titular de Licencia tiene la responsabilidad sobre la capacitación de su Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) y puede optar por las siguientes modalidades: 1.1. Capacitación interna: Deberá solicitar autorización de curso básico o de actualización, específico para la Práctica a la DGE, siguiendo lo indicado en la GUÍA DE CURSOS, con la finalidad de que el EPR coordine, imparta o participe de la capacitación para los trabajadores de la instalación. 1.2. Capacitación externa: Puede hacer uso de los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o de las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
2. Personas que laboran en una instalación que “NO” posee EPR, derivado del Tipo de Práctica que realiza, en este caso el Titular de Licencia tiene la responsabilidad sobre la capacitación de su Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) y puede optar por las siguientes modalidades:
2.1. Capacitación interna: Deberá solicitar autorización de curso básico o de actualización, específico para la Práctica, a la DGE, siguiendo lo indicado en la GUÍA DE CURSOS, con la finalidad de que la capacitación sea realizada para los trabajadores de la instalación.
2.2. Capacitación externa: Puede hacer uso de los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o de las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
3. Para las instalaciones que se encuentran en proceso de Licenciamiento, la persona que fungirá como Titular de Licencia tendrá la responsabilidad sobre la capacitación de su Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) y puede optar por las siguientes modalidades:
3.1. Capacitación interna: Deberá solicitar autorización de curso básico o de actualización, específico para la Práctica a la DGE, siguiendo lo indicado en la GUÍA DE CURSOS, con la finalidad de que el EPR coordine, imparta o participe de la capacitación para los trabajadores de la instalación.
3.2. Capacitación externa: Puede hacer uso de los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o de las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
4. Las personas que “NO” están laborando para ninguna instalación, pueden optar por la opción de tomar los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
5. Para las personas pertenecientes a la Práctica Tipo II Rx de uso diagnóstico médico, que “NO” están laborando o su instalación se encuentra en proceso de licenciamiento y que necesitan renovar su licencia de operador, pueden optar por las siguientes opciones:
5.1. Tomar los cursos que imparten las diferentes entidades autorizadas por la DGE (Universidades, Colegios Profesionales, Asociaciones Profesionales) o las diferentes entidades reconocidas internacionalmente.
5.2. CASO ESPECIAL: La DGE en función de la disponibilidad de recursos, puede apoyar en la realización de un curso de actualización para operadores práctica tipo II, Rx de uso diagnóstico médico, para aplicar puede seguir el siguiente procedimiento:
5.2.1. Descargar la siguiente “Ficha de solicitud”.
5.2.2. Enviar la ficha debidamente llena al correo electrónico: [email protected], o bien presentarla en la ventanilla del Departamento de Protección y Seguridad Radiológica de la Dirección General de Energía.
5.2.3. Luego de realizada la programación del curso, el solicitante recibirá la notificación donde se le indique lugar, fecha y hora en la cual será impartido el curso.
5.2.4 La evaluación se realizará al finalizar el curso y la entrega de diplomas o constancias será dentro de los dos días siguientes a la evaluación.
Posters – Recomendaciones para la protección radiológica de pacientes
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